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Política anticorrupción y antisoborno.

Objetivo:

 

Asegurar que cualquier actividad que se desempeñe en nuestra Compañía o a nombre de ella, esté
fundamentada en la ética y valores que nos caracterizan, condenando la corrupción, soborno, fraude o
cualquier otro acto ilegal que se pudieran presentar a lo largo de nuestra cadena productiva.
 

Ámbito de aplicación:


Esta política es aplicable a cada uno de nuestros empleados, representantes, proveedores,
distribuidores, contratistas y demás socios comerciales en cada uno de los países en los que operamos,
quienes están obligados a conocer, comprender y poner en práctica los principios aquí contenidos para
dar a conocer que la empresa y todas las personas que trabajan en ella, así como sus grupos de interés,
luchan contra la corrupción en su ámbito de influencia En Lucana entendemos como corrupción cualquier
abuso de poder para obtener algún beneficio para la Empresa, personal o un tercero. Los actos de
corrupción generalmente se materializan por la acción u omisión a través del soborno que consiste en la
acción de ofrecer, prometer, dar, aceptar, solicitar o autorizar directa o indirectamente algún beneficio o
cualquier tipo de ventaja para inducir a cualquier tercero a conductas ilegales, faltas de ética o abusos de
confianza. Los sobornos pueden tener la forma de obsequios, préstamos, valores, pago de
entretenimiento, viajes, vacaciones, pagos de comisiones o recompensas en efectivo o en especie,
ofertas de trabajo, servicios personales especiales o cualquier otra cosa de valor, que se proporcione
con el ánimo de obtener una ventaja indebida o de presionar moralmente a alguien para que otorgue tal
ventaja o influenciar una decisión (como puede ser obtener una tasa de impuestos inferior a lo que
establece la ley). Es importante señalar que el acto de corrupción se da aún y cuando no se obtenga el
beneficio o ventaja esperada.
Por lo tanto, los actos de corrupción para efectos de la política anticorrupción de Lucana incluyen
conductas no éticas como el soborno, la colusión, los pagos de facilitación, el fraude, la extorsión, el
enriquecimiento ilícito, el tráfico de influencias, la utilización de información falsa o privilegiada y el
lavado de dinero, entre otras; no sólo si éstas involucran a un servidor público, sino también si son
cometidas por algún empleado, proveedor, representante, distribuidor, contratista o cualquier otro socio
comercial, en perjuicio de la Empresa o algún tercero.
Estas acciones están prohibidas y constituyen delitos independientemente de que se encuentren
involucrados servidores públicos. Por último, Lucana prohíbe cualquier intento de ayudar u ocultar actos
de corrupción independientemente de si obtienes un beneficio.
Asimismo, se entiende comprendido como actos de corrupción y faltas de ética, el “fraude ocupacional”
entendiendo a éste como el uso intencional del puesto de trabajo para el enriquecimiento personal, de un
tercero u otra entidad a través del uso indebido de los recursos o activos de la Empresa.


Obligaciones:


1. Apegarnos a las leyes y convenciones internacionales sobre el combate de la corrupción,
incluida la FCPA (ley anticorrupción de los Estados Unidos de Norteamérica), y a la legislación
aplicable en la Republica Mexicana


2. Cumplir con todas las normas de información financiera aplicables a la Empresa, ya que la
falsificación de nuestros libros y registros contables está estrictamente prohibida y constituye un
delito.


3. Realizar todas las negociaciones, compras y transacciones financieras con apego a nuestros
procedimientos internos y conservar todos los registros de las mismas para ser revisados en
caso de auditoría.


4. Asegurarnos de que los pagos que realicemos o que se realicen por nuestra cuenta sean
exclusivamente una remuneración por servicios efectivamente prestados a nuestra Compañía.

5. Adoptar los controles internos y denunciar, si es necesario, ante las autoridades
correspondientes aquellos casos en los que algún empleado o tercero incurra en un acto de
corrupción.


6. Promover prácticas para luchar contra la corrupción a lo largo de la cadena de valor, capacitar al
personal sobre las medidas preventivas y realizar campañas de difusión.


Ubicación de la oficina matriz.

 

Al encontrarse la oficina matriz de nuestra empresa en la Ciudad de México, es de particular aplicación la
“Ley de responsabilidades administrativas de la Ciudad de México”
La ley de responsabilidades administrativas tiene como marco legal el artículo 113 constitucional título
cuarto De las responsabilidades de los servidores públicos, particulares o vinculados a faltas
administrativas graves o hechos de corrupción y patrimoniales del Estado.

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CONSULTORIA EN ARQUITECTURA E INGENIERIA
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